Como podréis ver en el documento oficial que sigue a este suelto, con un claustro
de 9 profesores y un total de 4 grupos de alumnos a su cargo, el director del
Instituto San Mateo (sede del Bachillerato de Excelencia) se convierte en el
profesor de enseñanzas no universitarias mejor pagado de toda la Comunidad, y
seguramente mejor pagado que hasta algunos decanos, en especial teniendo en
cuenta la relación entre sueldo y volumen de trabajo.
No hay más que ver la complicada organización del centro tal como se muestra en su propia página, donde la mitad de los departamentos, a 12 de octubre (casi un mes después del principio del curso), ni siquiera han tenido tiempo de colgar nada:
Y eso que -es un dato que es difícil de contrastar- a los profes de este excelente bachillerato no les han aumentado el número de horas lectivas para que puedan seguir siendo excel-profesores. Tampoco es que el director y su equipo tengan que ocuparse demasiado de las infraestructuras del centro, dado que durante el verano la Consejería se ha gastado 600.000 euros en dejarlo decentito para tan honorables visitantes (el 57 % del alumnado NO procede de la enseñanza pública).
Entre tan generosos complementos y condiciones de
trabajo, no es de extrañar que los docentes de este "centro experimental" no secunden las movilizaciones del resto del profesorado no
universitario:
Moraleja: la idea parece excelente, no se nos ocurre otro adjetivo. Bien visto, tendríamos que solicitar ideas al equipo de márquetin de la señora marquesa-presidenta de esta Comunidad Autónoma
_____________Doc que se cita:
BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación y Empleo
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación y Empleo
ACUERDO de 22 de septiembre de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se
modifica el componente singular del complemento específico por el desempeño de las Jefaturas de Departamento y otros puestos en centros docentes de la Comunidad de Madrid.
modifica el componente singular del complemento específico por el desempeño de las Jefaturas de Departamento y otros puestos en centros docentes de la Comunidad de Madrid.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional
sexta, otorga a las Comunidades Autónomas la facultad de ordenar su función pública docente en el marco de sus competencias, respetando en todo caso las normas básicas a que se hace referencia en el apartado 1 de dicha disposición.
Las Jefaturas de Departamento de los centros públicos educativos de la Comunidad de Madrid, en su calidad de puestos de coordinación docente, son un factor clave para alcanzar altos niveles de calidad en la prestación del servicio público educativo, razón por la cual es preciso reconocer y valorar la labor que llevan a cabo los profesionales que los ocupan.
Los departamentos didácticos están compuestos por todos aquellos profesores que imparten enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos que tienen asignados. Cada uno de estos departamentos didácticos tiene un responsable, el Jefe de Departamento, cuyas tareas son organizar y desarrollar las enseñanzas propias de su área o materia de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 del Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.
La Comunidad de Madrid considera procedente adecuar las retribuciones complementarias de estos puestos de Jefatura de Departamento, para adecuarlas a las funciones específicas que desempeñan y su dedicación, así como establecer diferentes cuantías de forma proporcional a su carga de trabajo, la cual varía en función del número de personas que componen el departamento, en lugar de retribuirse con una cantidad fija como hasta el momento.
Otra de las medidas establecidas por la Comunidad de Madrid es la implantación del Bachillerato de Excelencia que, con carácter experimental, comienza a impartirse en el curso escolar 2011-2012, en el Instituto de Educación Secundaria “San Mateo”, con la finalidad de crear los instrumentos adecuados para aquellos alumnos de Bachillerato que tengan o muestren especial motivación y capacidad para profundizar en el conocimiento científico, humanístico y tecnológico, buscando la excelencia.
Para llevar a cabo este proyecto es necesario que el equipo directivo y el conjunto
de profesores cuenten con formación y experiencia profesional suficiente que les permita desarrollar las labores necesarias para conseguir el objetivo final que persigue el Bachillerato de Excelencia.
El equipo directivo, además de los méritos acreditados oficialmente, deberá realizar tareas complementarias, diferentes de las que realizarían en un centro docente ordinario, con el objeto de planificar y organizar todo aquello que conlleva la excelencia educativa. Estas tareas de mayor dificultad, que requieren una mayor capacitación y carga de trabajo para las personas que ocupen los cargos directivos, aconsejan que el componente singular del complemento específico sea un módulo fijo, equivalente al de los miembros del equipo directivo de los centros docentes que se retribuyen por este sistema.
En virtud de lo precedentemente expuesto, y a la vista de lo previsto en la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, de Educación; el artículo 27.2 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de B.O.C.M. Núm. 241 MARTES 11 DE OCTUBRE
BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Madrid; los artículos 21, apartado u), y 50.2 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo, previa deliberación,
ACUERDA
Primero
Se establecen los siguientes importes mensuales para 2011, del componente singular del complemento específico por el desempeño de las Jefaturas de Departamento de los centros docentes de la Comunidad deMadrid, en función del número de miembros que integran el departamento:
— Departamentos de 1 o 2 miembros: 64,18 euros.
— Departamentos de 3 a 6 miembros: 80 euros.
— Departamentos de 7 a 10 miembros: 115 euros.
— Departamentos de más de 10 miembros: 150 euros.
Segundo
Se establecen los siguientes importes mensuales para 2011, del componente singular del complemento específico del equipo directivo del centro que imparta el Bachillerato de Excelencia:
— Director: 1.235 euros.
— Secretario y Jefe de Estudios: 741 euros.
Tercero
Los importes establecidos en el presente Acuerdo se ajustarán conforme a las previsiones que en materia retributiva aprueben las sucesivas Leyes Generales de Presupuestos.
Cuarto
Las disposiciones retributivas contenidas en el presente Acuerdo tendrán fecha de efectos económicos de 1 de septiembre de 2011.
Lo que se acuerda en Madrid, a 22 de septiembre de 2011.
La Consejera de Educación y Empleo, La Presidenta,
LUCÍA FIGAR DE LACALLE ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA
LUCÍA FIGAR DE LACALLE ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA
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Este documento es un asalto brutal al sentido común, y -sin embargo- está publicado en el Boletín de la Comunidad de Madrid:
1. ¿Es que la educación se ha convertido en una LAB -Liga de la Asociación de Bachillerato?
2. ¿ Cómo se selecciona al alumnado y al profesorado: Pasapalabra o Quiero ser Millonario?
Finalmente, si se trata de enseñar a los buenos, nosotros queremos hacer constar que nos apuntamos.
Continuará
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