viernes, 10 de diciembre de 2010

¿Tiene luces el cabildo, quien manda?

Leemos en el ABC lo que responde Doña Lucía Figar a una pregunta muy sensata: ¿por qué los madrileños no tienen acceso a las enseñanzas y certificaciones del nivel C (verdadero nivel Avanzado de los del Marco Común Europeo de Referencia)?

Lo demás lo puede seguir leyendo aquí.

Noticias agencias

Figar dice que Madrid no certifica nivel C al ser sólo válido en la región

ABC09-12-2010 / 20:10 h (Madrid) POLITICA,REGIONES-AUTONOMIAS | > AREA: Política

09-12-2010 / 20:10 h

Madrid, 9 dic (EFE).- La consejera de Educación, Lucía Figar, ha dicho hoy que la Comunidad ofrece el nivel C (avanzado) en lenguas extranjeras a través de "cursos de perfeccionamiento" que se ofertan en cinco escuelas de idiomas, pero no los certifica al considerar "absurdo" que sólo sean válidos en el ámbito autonómico.

En respuesta a la diputada socialista Dolores Rodríguez Gabucio ante el pleno de la Asamblea, la consejera ha argumentado que esta situación obedece "al absurdo al que nos ha llevado el Ministerio de Educación".

"Desde que la Ley Orgánica de Educación (LOE) cambiase la regulación de las escuelas de idiomas, se establecieron tres niveles (básico -A-, intermedio -B- y avanzado -C-), y las comunidades autónomas han procedido a la implantación progresiva" de la enseñanza en lengua extranjera.

Rodríguez Gabucio ha reclamado la recuperación del nivel C en virtud de la "demanda generalizada" que existe en el ámbito académico, ya que en la actualidad sólo se pueden cursar este tipo de estudios en centros privados, "Usted puede tener los programas pilotos y experimentales que quiera, pero en las escuelas oficiales de idiomas de Madrid no hay oferta de módulos C1 y C2, como se ofrecen en otras comunidades", le ha replicado a Figar la parlamentaria socialista.

La diputada del PSOE ha explicado que las certificaciones de estos niveles que ofertas algunas regiones están siendo admitidas en todo el país, y ha señalado que esta situación supone que los madrileños estén "en desventaja" al competir en un concurso de empleo frente a ciudadanos de otras comunidades.

"Ahora mismo, los profesores de la escuela pública se enfrentan a un concurso de traslado, y eso quiere decir que los docentes que quieran venir a Madrid lo hagan con cuatro puntos de ventaja sobre el profesorado de la región", ha señalado. EFE


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"Me hago cruces que en el cabildo falten las luces" decía el flamenco Paco Moreno Galván cada vez que no entendía a los mandamases y sus extrañas respuestas.

Continuará

miércoles, 3 de noviembre de 2010

TAMBIÉN SOMOS EL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS

La verdad sobre el nivel C o como la Directora General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales ve las Escuelas Oficiales de Idiomas

Desde hace años, en concreto desde 2006, llevamos reclamando la necesidad de incluir el nivel C (C1 y C2) en el currículo de las Escuelas Oficiales de Idiomas. Muchos hemos venido defendiendo que nos asiste tanto el derecho legal como el académico para impartir y certificar el nivel C. Desde un punto de vista legal porque no se trata de imponer el mencionado nivel a todas las escuelas, sino que se ha de impartir y certificar sólo en aquellos centros en los que hubiera demanda y recursos para ello. Y desde un punto de vista académico porque el nivel C sencillamente forma parte de la ordenación propia de nuestra enseñanza (y no de las enseñanzas universitarias, ni de otras).

Entonces, ¿por qué las autoridades educativas administrativas se han empeñado en que las EEOOII no puedan desarrollar la labor que les es propia?

- La respuesta nos la ha ofrecido recientemente la Directora General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, Dña. María José García-Patrón Alcázar. En el mes de mayo intervino en la Asamblea de Madrid, exponiendo el motivo por el cual los ciudadanos de la Comunidad de Madrid no pueden acceder a las enseñanzas del nivel C en las EEOOII. Las afirmaciones que hace la directora general sobre las EEOOII no tienen desperdicio y, si alguien no lo ha hecho, aconsejo su lectura (diario de sesiones de la Asamblea).

Pues, bien, según la Sra. García-Patrón, la Comunidad de Madrid pondría de inmediato en marcha las enseñanzas del nivel C en las EEOOII, si el Ministerio publicara previamente lo que ella llama una "regulación a nivel estatal", ya que considera que sin ésta se estaría engañando al ciudadano.

Sorprenden estas manifestaciones, si tenemos en cuenta que :

1. El verdadero engaño o fraude al ciudadano es impedir al ciudadano el acceso al conocimiento y a la formación. La Asociación de alumnos de EEOOII, por su parte, así lo ha denunciado tanto ante el Ministerio como ante la propia Consejería de Educación, reivindicando ante ambas instituciones su derecho a acceder al nivel C en la Escuelas Oficiales de Idiomas.

2. Estando de acuerdo en que lo ideal es que haya una normativa básica al respecto, no hay sin embargo impedimento académico alguno para que la CM no ponga en marcha ya los niveles C1 y C2 en cursos que no sean de perfeccionamiento, sino de lengua general, como de hecho ha ocurrido en otras comunidades autónomas. En este sentido, más del 75 % del profesorado de las EEOOII de Madrid ha firmado y entregado una petición a la Consejera de Educación, a la par que la Asociación de Directores de EEOOII le hizo llegar a la directora general una propuesta para desarrollar un currículo completo de los niveles C.


3. Pero lo que realmente sorprende es que la directora general reclame con tanto ímpetu la aprobación de esa norma estatal. Sobre todo, porque sabe que un real decreto de esas características debe contar con el beneplácito de las Comunidades Autónomas. Sabe también que el Ministerio no publica un decreto sin consensuar con las CC AA previamente su contenido. Y porque eso es así, y porque también el RD 1629/2006 (el que ordenó las enseñanzas de idiomas) se sometió al consenso de las CC AA - a través de las conferencias sectoriales - y porque la mayoría de las CC AA, en su momento, no quisieron que el nivel C se impartiera en las EEOOII, por todo esto, resulta extraño que insista tanto en el procedimiento, mientras nos oculta la voluntad política de la Consejería de Educación.

Y, por cierto, ¿en qué sentido votó la Consejería de Educación de Madrid en la conferencia sectorial (año 2006) donde se decidió si las EEOOII debían impartir el nivel C o no ?

4. Y finalmente, ¿cómo es posible que la Comunidad de Madrid niegue a la enseñanza pública, en este caso a las EEOOII, impartir el nivel C so pretexto de ser un supuesto engaño a los alumnos, mientras que por otro lado ella contrata con academias privadas la formación de sus propios funcionarios en las que se imparte el nivel C sin mayor miramiento, ni control?

Y por cierto, aunque la Directora General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales afirma en mayo de 2010 que a raíz de la implantación de las nuevas enseñanzas en 2007/2008, la Comunidad de Madrid ha creado 12 nuevos centros, 5 escuelas y 7 extensiones, la verdad es que la última EOI en Madrid se creó en agosto de 2006 (EOI de Tres Cantos), es decir un año antes de la referida implantación.

Seguiremos informando.

EL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS

RD 1364/2010 CONCURSO DE TRASLADOS ESTATAL

Entre otros aspectos interesantes de dicho RD, para nosotros destaca el que sigue:

" (...)

3.3 Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional: Las titulaciones de enseñanzas de régimen especial otorgadas por las Escuelas Oficiales de Idiomas, Conservatorios profesionales y Superiores de Música y Danza y Escuelas de Arte, así como las de Formación Profesional, caso de no haber sido las exigidas como requisito para ingreso en la función pública docente o, en su caso, no hayan sido necesarias para la obtención del título alegado, se valorarán de la forma siguiente:

a) Por cada Certificación de nivel C2 del Consejo de Europa: 4 puntos.

b) Por cada Certificación de nivel C1 del Consejo de Europa: 3 puntos.

c) Por cada Certificación de nivel B2 del Consejo de Europa: 2 puntos.

d) Por cada Certificación de nivel B1 del Consejo de Europa: 1 punto.

Cuando proceda valorar las certificaciones señaladas en los apartados anteriores sólo se considerará la de nivel superior que presente el participante. (...)"

En 5 segundos ¿sabrías decir el nombre de al menos una Comunidad Autónoma en la que obtener 4 puntos para el concurso de traslado es actualmente imposible?

- ¡Has acertado!

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Por cierto, ¿qué dirá el vidente-promotor del RD 1629/2006 de estas discriminaciones inducidas, de la fantástica diversidad cultural y de oportunidades que ofrece el estado español?

Aunque sigue en su silla, nunca nos dirá lo que piensa de estas cosas.

Continuará