domingo, 19 de octubre de 2008

En espera de la sensatez

La Asociación de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas de Madrid, en reunión celebrada el 17 de octubre del presente emite el siguiente comunicado como resultado de dicha reunión.
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PROPUESTAS PARA LA MODIFICACIÓN DEL BORRADOR DEL RD DE NIVEL C, ASÍ COMO LAS MODIFICACIONES PERTINENTES AL RD 1629/06

En base a lo dictado por la Ley Orgánica 2/2006 de Educación y como lo establecido por ella respecto a las enseñanzas de idiomas que “ serán organizadas por las Escuelas Oficiales de Idiomas y se adecuarán a los niveles recomendados por el Consejo de Europa“, proponemos:

1. Los niveles fijados por el Consejo de Europa, más allá de cualquier consideración semántica de la terminología utilizada, son TRES: a saber, el nivel básico (A1y A2), el nivel intermedio (B1 y B2) y el nivel avanzado (C1y C2). En este mismo sentido lo recogió la Ley Orgánica de Educación y así lo refleja cuando literalmente dice que los diferentes idiomas que se impartirán fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo se organizarán “en los niveles siguientes: básico, intermedio y avanzado.” Por otro lado, las demás instituciones europeas (incluido el Instituto Cervantes) que imparten enseñanzas de idiomas, y que se han acogido al MCER, han procedido a fijar los niveles exactamente igual que lo hace la LOE, dando ellos al nivel básico la correspondencia de A1 y A2, al nivel intermedio la correspondencia de B1 y B2 y al nivel avanzado la correspondencia de C1 y C2. Quedarnos, pues, en este escenario como los únicos que interpretan que el B1 es intermedio y el B2 es avanzado no tiene sentido alguno, además de que supone una interpretación interesada de la propia LOE, que únicamente genera confusión.

Proponemos pues, se proceda a la modificación o corrección del RD 1629/2006 con el fin de que se fijen y denominen los niveles de acuerdo a las siguientes equivalencias: nivel básico (A1 y A2), nivel intermedio (B1 y B2) y nivel avanzado (C1 y C2).

2. Por otra parte, exigimos la modificación o corrección del mencionado real decreto en lo que a la equivalencia se refiere entre el certificado de aptitud y el certificado de nivel avanzado (B2), teniendo en cuenta que el nivel avanzado no equivale al B sino al C.

El mantenimiento de esta situación daña de forma retroactiva, además de injusta en tanto no se corresponden los niveles, a cientos de miles de alumnos que hasta el momento habían obtenido el único título oficial superior no universitario en idiomas que existía en nuestro país.

3. Asimismo, y si el futuro desarrollo normativo del nivel C lo exigiera, en ese caso debería corregirse la disposición adicional segunda del RD 1629/2006, para que nada impida que el articulado fundamental del RD que desarrolle el mencionado nivel C sea norma básica. Entendemos que así es como se tendrían que fijar los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la LOE precisamente para el C. Es decir, en las mismas circunstancias y condiciones normativas que se hizo el nivel intermedio en el RD 1629. Como consecuencia de todo esto habría que considerar las modificaciones oportunas en el RD 1629, en tanto en cuanto el nivel avanzado sería definitivamente el “C”, mientras que el “B” se correspondería únicamente con el nivel intermedio.


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Esperamos que este comunicado goce del respaldo de la Federación de Asociaciones de Profesores de EOI y lo presentamos a los interlocutores que la autoridad educativa tiene a bien escuchar, para que al menos sepan de nuestro muy meditado sentir.

Finalmente, y esto es cosa nuestra, ¿Cuándo va a perder la autoridad educativa el miedo a la base -profesores y alumnos- y se va a sentar con nosotros, aunque sólo sea para escucharnos? Parece lógico pensar que, dado que llevamos toda la vida en ello, algo creíble y sensato podemos decir al respecto de lo que enseñamos.

Esperamos que, algún día, la sensatez aconseje a los administradores de la educación de este país para que inviertan parte de su valioso tiempo en saber lo que pensamos.

Continuará

3 comentarios:

Anónimo dijo...

He aquí unas propuestas sobre lo que debería de hacer el MEC con la enseñanza pública de idiomas:
1º-Campaña informativa sobre lo que es el Marco Europeo y su difusión sobre la población.
2º-Diseño del currículo para el nivel C, organizado en dos cursos, C1 y C2, con carácter de norma básica.
3º-Modificación de la legislación vigente sobre los niveles básico, intermedio y falso avanzado, unificando estos dos últimos en un nuevo nivel intermedio. En consecuencia; 4 niveles para el B2, correspondientes cada uno a un nivel del Marco.
4º-Diseño de exámenes unificados para todo el Estado, por lo que ningún alumno será discrimado por su ubicación. Control de estos certificados por organismos externos.
5º-Consecuente validez real de estos certificados tanto a escala nacional como europeo.

La adaptación al Marco Europeo, al ambito europeo, nunca puede ser perjudicial para el ciudadano de a pie, para los usuarios de las EOIs. Europa no viene, Europa se crea.

Anónimo dijo...

He leído la propuesta de la asociación de profesores (¿nacional? ¿de Madrid?) y el comentario anterior, que me parecen estupendos, y añado unas pequeñas puntualizaciones que documento como mejor puedo:

El único documento oficial en que el Consejo de Europa se moja en dar una recomendación horaria concreta para ALGUNOS niveles del MCER es la publicación oficial del CdE "Threshold 1990" (B1), Cambridge University Press, ISBN 0-521-56706-8, pág. 8-9, que sugiere un TOTAL, incluyendo trabajo personal, de 375 horas para A1+A2+B1, y de la mitad, o sea, 190 horas, para A1+A2. En ningún momento los niveles del MCER se definieron pensando o no pensando en años académicos en las EOIs españolas. ¿Cómo casar esto con la enseñanza en EOIs?

1º: A1+A2.1
2º: A2.2+B1.1
3º: B1.2

Eso da un primer ciclo asequible y bien adaptado a cualquier alumno y que no requiere un gran esfuerzo. Estirar el A1 a un año y comprimir el B1 en uno, pues un poco mal, de hecho los libros más usados en inglés, p.ej, que es donde esto está más desarrollado ya recogían un nivel Elementary y Pre-Intermediate en ese sentido.
A partir del B1, ya quedan mayormente alumnos más capaces y más dispuestos a trabajar a fondo, y se puede ofrecer un segundo ciclo a año por nivel, llegando en 6 al C2, entendiendo que se requiere trabajo fuera del aula, que se puede repetir, y que unos repetirán, otros no, pero se ofrece que quien de veras se esfuerce lo pueda hacer en 6 años. Es una propuesta que es buena para todos, pues permite que no se nos vayan los mejores. De hecho los libros de texto a ese nivel se calculan sobre año académico presencial.

Aparte de eso, discrepo profundamente de que (eso he entendido yo, pobre de mí) en el comunicado se quite importancia a las "consideraciones semánticas" de llamar avanzado al intermedio, mentiras que en la legislación española se usaron como caballo de Troya. Que nadie tenga la menor duda de que el nivel B2 es OFICIALMENTE para el CdE un nivel intermedio (intermedio alto, de hecho). Aparte de la calamitosa traducción de los del Cervantes, pues "vantage" ni ahora ni nunca quiso decir "avanzado", pues confunden "vantage" con "advanced" y con "advantage", está la publicación "Vantage" (B2) del CdE, ISBN 0-521-56705-X, que en la contraportada lo dice con todas las letras: "Vantage... describe cómo los estudiantes de nivel intermedio alto deberían usar el inglés en la comunicación cotidiana", está también ALTE, el British Council, el mismo CdE en otros documentos, el mismo MCER, en fin, todo Dios menos los burros del Cervantes y los timadores del ex-MEC. Es preciso desenmascarar en las Escuelas a los burros y a los malintencionados que siguen intentando marear la perdiz con esto. Nos jugamos el futuro de las EOIs.
Saludos y un abrazo a los compañeros que están dando la cara y trabajando tanto y tan bien para beneficio de todos. Perdón por el ladrillo.

Anónimo dijo...

Bien por el manifiesto de la APEOIM: Asumir el borrador del MEPSYD significaría añadir un nivel sin cabida en los 3 que contempla la LOE. Además, deja al arbitrio de las administraciones autonómicas la duración de los respectivos cursos, es decir, al arbitrio de los respectivos asesores técnicos.
Dicho esto, hay que exigir la modificación del RD 1629/2006 y que la certificación de cualquier alumno que finalice sus estudios en las EEOOII sea equivalente al nivel C del MCER.
En cuanto al tan traído y llevado número de horas, ¿Es que no se ha pensado que existen varios grupos de lenguas y que no todas necesitan el mismo tiempo cuando la mayoría de los alumnos de un grupo parte de la misma lengua materna?¿Cómo se puede pensar que se tarda lo mismo, si se dedica el mismo esfuerzo, en alcanzar un C1 en alemán o en italiano, por no hablar de español como lengua extranjera en situación de inmersión lingüística...? Este aspecto tiene consecuencias también en cuanto a presupuestos de las distintas comunidades.
Aunque nos repitamos, no hay que dejar de decirlo.
Saludos
Una profesora de EOI