Bitácora informativo-argumentativa DE LOS PROFESORES Y ESCUELAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID para concienciar de la necesidad de reivindicar para las Escuelas Oficiales de Idiomas lo de siempre: un SERVICIO PÚBLICO ÚNICO de CALIDAD para la enseñanza de idiomas a adultos.
De cómo LO QUE DEBATIMOS es de interés para todas las Escuelas Oficiales de Idiomas de España.
De cómo se puede informar y debatir sin INSULTAR desde el anónimo.
SÉ RESPETUOS@, SÉ DEMOCRATA, SÉ LIBRE.
El MEPSYD contesta denegando la petición de 230 alumnos de diversas EEOOII en su mayoría de Goya pidiendo la equiparación del Certificado de Aptitud o del Certificado de Ciclo Superior con el C.
EL Ministerio niega la mayor, es decir, que se haya estado impartiendo ese nivel en EEOOII y por tanto la equivalencia del título. En una lectura deficiente, parcial y, en consecuencia, interesada descalifica lo que dice el RD 1523/1989 (el de contenidos mínimos que regulaba las enseñanzas de idiomas en España hasta la llegada del infausto RD 1629).
El Ministerio dice que el MCER sólo es referencia para metodología y criterios de evaluación. Pero, incoherentemente, olvida que los criterios de evaluación se refieren siempre a niveles y los niveles se comunican y atestigüan mediante la certificación. El MCER es un instrumento Común para entendernos en lo que se enseña, cómo y su certificación.
El Ministerio no se ha leído el Marco, en cuya introducción se dice claramente que los niveles A, B y C no son más que las transposición de los tradicionales Elemental, Intermedio y Avanzado. ¿Qué era el Certificado de Aptitud o el de Ciclo Superior en España antes de la aparición del Marco en 2001?
El Ministerio dice, y yerra una vez más, en que el MCER tiene una Versión Española (la del Cervantes) que en su página 37 describe el B2 como nivel Avanzado:
Primero, ¿acáso el Consejo de Europa ha AUTORIZADO esa traducción?
Segundo, ni el propio Cervantes se la cree cuando a su propio B2 le llama INTERMEDIO.
El Ministerio debiera saber a estas alturas que la traducción del Cervantes de AVANZADO COMO EQUIVALENTE DE VANTAGE es absolutamente errónea y desatinada como ya se ha establecido aquí y en otros foros incluso más serios. Con un diccionario les basta.
Suena a SARCASMO que en las consideraciones del escrito denegatorio el Ministerio diga que "preveyendo" (sic)* no sé qué el MEPSYD está elaborando un nuevo decreto para regular la impartición del nivel C de manera "que se garantice la movilidad del alumnado por todo el territorio nacional". Nos tememos que el MEPSYD ni provee ni preve** nada: ya se han cargado esa movilidad con el desafortunado RD 1629 (el de la enmarañada inmovilidad).
Finalmente, es absolutamente falso que los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de los RRDD 1523 y 1629 sean equiparables. Y eso está escrito, es comprobable.
UN RUEGO A LOS LECTORES DE BUENA FE: HAY QUE BUSCAR EVIDENCIAS CONTRARIAS Y HACERLAS LLEGAR A LA APEOIM O A CUALQUIER OTRA ASOCIACIÓN PROFESIONAL O SINDICATO QUE ESTÉN DISPUESTOS A EMPRENDER UN RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA TAN DESATINADA RESOLUCIÓN MINISTERIAL.
ENTENDERÉIS QUE NOS JUGAMOS MUCHO EN ESTA PARTIDA.
________________________ * En la primera consideración de su escrito, D. Jesús García Gutiérrez. ** ¿Entenderá este chiste el autor del escrito? Continuará
El pasado día 4 de febrero, una representación de la junta de APEOIM formada por Miguel Ángel Peña, vocal de idiomas minoritarios, Pilar Díaz, vocal de español para extranjeros, y Caridad Baena, presidenta de la asociación, mantuvieron una reunión en la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid con Carmen Marín, Subdirectora de Ordenación Académica, y José MaríaRodríguez, Jefe de Servicio de Ordenación de Enseñanzas de Régimen Especial.
Ambas partes acudimos con voluntad de diálogo y deseos de llegar a acuerdos que redundaran en beneficio de nuestras enseñanzas. Los representantes de la asociación agradecimos la oportunidad de poder expresar nuestra preocupación por la actual situación que atraviesan las EOI, si bien éramos conscientes de que la mayoría de los asuntos que queríamos tratar no eran competencia de nuestros interlocutores; por eso insistimos en entender esta reunión como preparatoria de otra posterior con la propia Consejera. La Subdirectora, por su parte, agradeció que le proporcionáramos información directa y se mostró dispuesta a transmitir algunas de nuestras peticiones a las dependencias de la Comunidad que correspondieran.
La conversación giró en torno a los tres asuntos que figuraban en la carta que APEOIM envió a la Consejería de Educación en diciembre de 2008:
LAS EEOOII NECESITAN UN CUERPO DE INSPECTORES PROPIO, de la misma manera que lo hay en Primaria, Secundaria o Formación Profesional, tanto por el tipo de enseñanza que impartimos como por el alumnado al que va dirigida, que posee unas características especiales distintas de las de Secundaria. Es importante ser muy conscientes de esto, especialmente en los procesos administrativos (fechas de preinscripción, matriculación, pruebas de nivel, etc.). Una planificación adecuada que tuviera en cuenta la idiosincrasia de nuestras escuelas y que estuviera informada por un inspector del cuerpo 592 ahorraría muchos problemas administrativos y facilitaría nuestro funcionamiento.
La subdirectora estuvo de acuerdo con nosotros en considerar que las escuelas tienen características propias, y al parecer no vio inconveniente en desligar los procesos administrativos de los de Secundaria. Aclaró que era un asunto que tenía que decidir la Subdirección General de Centros Docentes, pero que lo lógico es que los propios directores de las escuelas lo hubieran transmitido en las reuniones periódicas que tienen con la administración.
En cuanto a la inspección, nos aclaró que el planteamiento actual no es el de una inspección especializada, sino generalista. Esto quiere decir que, al margen del cuerpo de procedencia que tenga cada inspector, después se le asignan unos centros que no tienen por qué corresponder con ese cuerpo. A veces sí se tiene en cuenta por razones lógicas de funcionamiento, pero otras veces no es posible. Nos informó de que los profesores de EOI no se presentan a las oposiciones a inspectores, y que es por eso por lo que no hay inspectores de nuestro cuerpo.
En cualquier caso, aclaró que todos estos asuntos los lleva Belén Aldea, actual Subdirectora General de Inspección.
FORMACIÓN
1. Las EEOOII necesitan cursos de formación dirigidos especialmente a su profesorado. Con frecuencia la administración ha ignorado las necesidades de un colectivo que requiere una formación y actualización metodológicas y técnicas constante. Es así por la materia que enseñamos, pero también por nuestro alumnado, que es muy exigente, tiene necesidades amplias y muy variadas y evoluciona a la misma rapidez a la que evoluciona la propia sociedad española.
Los profesores de EOI llevan años invirtiendo tiempo y dinero en su formación, como muestran las numerosas peticiones de ayudas a la formación en el exterior (es el colectivo con mayor índice de ayudas Grundtvig de la Comisión Europea). La Consejería debería ser consciente de esta carencia y presentar un plan concreto para la formación del profesorado de EOI.
2. Nuestras enseñanzas deberían computar a efectos de sexenios, traslados, concursos y oposiciones. Hasta ahora, nuestros certificados se sumaban automáticamente al resto de méritos y titulaciones para estos propósitos. El nuevo decreto elimina este procedimiento y, en cambio, exige que una comisión evalúe el valor de nuestras certificaciones. No entendemos a qué se debe este cambio de criterio que, como ya sabíamos, compete a la Dirección General de la Calidad de la Enseñanza.
En este punto manifestamos nuestra indignación por el baremo de las anteriores Oposiciones a profesores de Enseñanza Secundaria, Formación Profesional, Artes Plásticas y Diseño y Escuelas Oficiales de Idiomas, dado que se valoraba con 0,5 puntos el Certificado de Aptitud de EOI y con 2 puntos el de instituciones privadas. El Jefe de Servicio nos recordó que eso estaba recurrido y ambos manifestaron que no volvería a ocurrir.
LAS EOI QUIEREN SER INTERLOCUTORAS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN EL PROCESO DE DESARROLLO E IMPLANTACIÓN DE LOS NIVELES C.
Los representantes de la APEOIM reivindicaron la capacidad de las EOI como entidades certificadoras en un momento en el que todas las instituciones públicas y privadas que imparten idiomas se están adaptando al MCER. El Jefe de Servicio confirmó esa capacidad certificadora y dijo que muchos de esos certificados que otorgan otras instituciones no tienen validez oficial. Aclaró, además, que habrá que esperar hasta saber cuál es la opinión del Consejo de Europa sobre esas adaptaciones al MCER.
La APEOIM por su parte hizo una recapitulación del estado en que se encuentran nuestras enseñanzas tras la publicación del Real Decreto 1629/2009 y de las consecuencias del anclaje de nuestros certificados en el nivel B2 del MCER de las lenguas. Tras esta decisión, que la Administración central tomó previa consulta con la Consejería de la Comunidad de Madrid entre otras, nuestros títulos han sido devaluados con carácter retroactivo.
Se pusieron algunos ejemplos de esta devaluación:
Antes del RD 1629/2006
Después del RD 1629/2006
First=Ciclo Elemental=3 años EOI
First=B2=6 años EOI
DELE Intermedio = Ciclo Elemental (3 años EOI)
DELE Intermedio=B2=6 años EOI
Certificado de Aptitud válido para acceder a la función pública en Cataluña, Galicia y País Vasco
Nivel Avanzado 2 insuficiente para acceder a la función pública en Cataluña, Galicia y País Vasco.
- Situación en las universidades:
El Centro Superior de Idiomas Modernos (CSIM) de la Universidad Complutense ha suscrito un convenido con la UCLES (University Cambridge Local Examinations Syndicate) para impartir y certificar cursos de inglés en tres niveles (A1, A2, B1, B2, C1 y C2). Cada uno de ellos tiene una duración de 80 horas. Ofrece además estos cursos en alemán, árabe, checo, chino, coreano, francés, hindi, italiano y japonés.
El Centro Universitario de Idiomas a Distancia de la UNED imparte cursos de los mismos 6 niveles con 150 horas de clase, de las cuales un máximo de 60 serán presenciales. Se imparte alemán, catalán, francés, español, euskera, gallego, inglés, italiano, portugués y ruso.
Todos estos hechos ocasionan un gravísimo perjuicio a nuestros alumnos, que ven cómo han aumentado sus horas de clase a la vez que se ha rebajado el valor de sus títulos.
A la situación impuesta por el Ministerio se añade el hecho de que la Comunidad de Madrid haya decidido implantar el B2 en 6 años (en 8 en árabe, chino y japonés), en vez de en 5, como han hecho otras comunidades. La APEOIM expresa su perplejidad ante la idea de que nuestros alumnos tarden 6 cursos (con 120 horas presenciales) en acceder a un nivel B2 de gallego, catalán, italiano, portugués, español, etc. No es necesario dedicar tantos recursos porque además, la implantación en esas condiciones exige un incremento muy notable del presupuesto asignado a las escuelas y tenemos razones para pensar que ese incremento no se va a producir.
Por todo ello, y para paliar de alguna forma el caos administrativo que ha producido la implantación de los nuevos niveles, la APEOIM pide a la Subdirectora que la tenga en cuenta como parte integrante de las discusiones que conduzcan a la implantación del nivel C, que debería tener lugar ya el próximo curso académico. Carmen Marín se comprometió verbalmente con nosotros a que un miembro de la Asociación participara en las reuniones en las que Ordenación Académica convoca a los Directores de las EOI, aunque se nos aclaró que no se sabía cuándo se iba a implantar el Nivel C, ni siquiera si pensaba hacerse porque esa era una decisión política que tenía que tomar la Consejera.
Por último, hablamos de distintos temas, como la necesidad de que los centros tengan más autonomía, la importancia de que haya una buena página web central que aporte toda la información institucional que el ciudadano necesita para que no haya dobles o triples interpretaciones en cada escuela, la necesidad también de que haya un sistema informático unificado, etc.
El Jefe de Servicio tomo nota de todo ello.
Los representantes de APEOIM consideran que la variedad y la trascendencia de nuestras reivindicaciones hacen imprescindible la presencia de un interlocutor con capacidad y voluntad política para resolver los asuntos que nos ocupan. Por ello, y junto al escrito que la Subdirectora de Ordenación Académica hará llegar a la Consejera, la Asociación elevará sus demandas al Director General de la Calidad de la Enseñanza y a la misma Consejera de Educación.
Estimamos que esta entrevista preliminar ha abierto una vía de cooperación que no debe agotarse aquí. Confiamos en la buena voluntad de la Consejería para cumplir con el compromiso de incluirnos en sus foros de discusión sobre el porvenir de las EEOOII. La APEOIM, por su parte, continuará luchando por dignificar nuestras enseñanzas y devolverles el lugar que legítimamente les corresponde.
Y el desaguisado está tan claro que no lo decimos sólo nosotros. También lo dicen en Vox Populi, nº 28, invierno 2008 EOI de Pamplona.
"El NIVEL AVANZADO de las EE.00.II. tiene que ser un nivel C del MCERL Patxi Telletxea Ezkurra • Director EOI Pamplona-Iruñea
No hay manera de que el Ministerio de Educación rectifique y nos presente a las EEOOII un real decreto que de verdad desarrolle lo que el MCERL dice sobre las lenguas. No hay manera de que se den cuenta que el mal llamado "Nivel Avanzado" no puede estar colocado en un nivel B2. Para ello lo más lógico tiene que ser modificar el RD 1629/2006 y no venirnos con un borrador de RD que deja las cosas como estaban.
Si para la Universidad de Cambridge el First Certifícate es un B2, nuestro Nivel Avanzado es claramente un C1, aunque algunos idiomas tengan que añadir un año más para conseguirlo. La preocupación que se ha montado en las escuelas de idiomas es impresionante, por ello no nos satisface lo que el Borrador de Real Decreto que fija los aspectos básicos del currículo de nivel C1 y C2 viene a regular, porque deja los niveles como antes, porque sigue manteniendo el Nivel Avanzado en un B2 del MCERL, porque no va a la madre del cordero, que es el denostado RD 1629/2006.
El pasado 11 de noviembre de 2008, la Comisión Permanente del Consejo Escolar del Estado se reunió para dictaminar entre otros proyectos el "Real Decreto .... por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de los niveles C1 y C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación". En esa reunión se aceptaron algunas enmiendas presentadas por las cuales se considerará a este decreto como NORMA BÁSICA en todo el Estado. Ya sabéis que el Ministerio no quería que así fuera, sus dos representantes votaron en contra, por supuesto.
Retrotrayéndonos más atrás, el pasado 26 de septiembre se celebró una jornada didáctica en la EOI Jesús Maestro de Madrid, allí acudió nuestra representante, la vicedirectora Yolanda López, y allí se pudieron escuchar las muy diferentes situaciones en las que estamos las escuelas una vez en vigor el dicho RD1629: unas con 5 años, otras con 6, Euskadi con C1 incorporado en el Plan de Estudios como Nivel de Aptitud con 7 años, etc.
En la asamblea celebrada en Madrid se aprobaron los siguientes puntos:
1. Los niveles fijados por el Consejo de Europa, más allá de cualquier consideración semántica de la terminología utilizada, son TRES: a saber, el nivel básico (A1y A2), el nivel intermedio (B1 y B2) y el nivel avanzado (C1y C2). En este mismo sentido lo recogió la Ley Orgánica de Educación y así lo refleja cuando literalmente dice que los diferentes idiomas que se impartirán fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo se organizarán "en los niveles siguientes: básico, intermedio y avanzado." Por otro lado, las demás instituciones europeas (incluido el Instituto Cervantes) que imparten enseñanzas de idiomas, y que se han acogido al MCER, han procedido a fijar los niveles exactamente igual que lo hace la LOE, dando ellos al nivel básico la correspondencia de A1 y A2, al nivel intermedio la correspondencia de B1 y B2 y al nivel avanzado la correspondencia de C1 y C2. Quedamos, pues, en este escenario como los únicos que interpretan que el B1 es intermedio y el B2 es avanzado, no tiene sentido alguno, además de que supone una interpretación interesada de la propia LOE, que únicamente genera confusión. Proponemos pues, se proceda a la modificación o corrección del RD 1629/2006 con el fin de que se fijen y denominen los niveles de acuerdo a las siguientes equivalencias: nivel básico (A1 y A2), nivel intermedio (B1 y B2) y nivel avanzado (C1 y C2).
2-Por otra parte, exigimos la modificación o corrección del mencionado real decreto en lo que a la equivalencia se refiere entre el certificado de aptitud y el certificado de nivel avanzado (B2), teniendo en cuenta que el nivel avanzado no equivale al B sino al C. El mantenimiento de esta situación daña de forma retroactiva, además de injusta en tanto no se corresponden los niveles, a cientos de miles de alumnos que hasta el momento habían obtenido el único título oficial superior no universitario en idiomas que existía en nuestro país.
3- Asimismo, y si el futuro desarrollo normativo del nivel C lo exigiera, en ese caso debería corregirse la disposición adicional segunda del RD 1629/ 2006, para que nada impida que el articulado fundamental del RD que desarrolle el mencionado nivel C sea norma básica. Entendemos que así es como se tendrían que fijar los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la LOE precisamente para el C. Es decir, en las mismas circunstancias y condiciones normativas que se hizo el nivel intermedio en el RD 1629. Como consecuencia de todo esto habría que considerar las modificaciones oportunas en el RD 1629, en tanto en cuanto el nivel avanzado sería definitivamente el "C", mientras que el "B" se correspondería únicamente con el nivel intermedio."
Entre los objetivos que se está fijando el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra figura que todos los alumnos salgan de la ESO con un nivel B1 de dominio en la primera lengua extranjera, y los alumnos de Bachillerato con un B2 de dominio de la primera lengua extranjera. Además se están implantando centros bilingües que imparten asignaturas en inglés. ¿Cuál es el sentido de las EEOOII si sólo podemos certificar el B2?¿Cuál es nuestra función?¿A qué ciudadanos tenemos que formar?¿Qué sentido tiene matricular en nivel intermedio a los alumnos de bachillerato si en un futuro cercano salen con un nivel B1-B2 del sistema educativo ordinario?
¡Cuánto lío, cuántas cosas mal hechas! Ya va siendo hora de que se vayan enderezando. Esperemos que el Ministerio rectifique y que las EEOOII aprovechemos el próximo Congreso Estatal de EEOOII en Las Palmas (2 al 4 de abril) para seguir reflexionando y lanzando propuestas constructivas, allí nos veremos(http://www.vicongresoeoilpgc.com/)."
________________ Sólo un par de notas:
1. Las EEOOII son más que centros de enseñanza de inglés: lo que no hace más que magnificar el desaguisado ministerial pues devalúa y desunifica el aprendizaje de más de 23 idiomas, que son en total los impartidos por nuestras escuelas en España.
2. Ya no se trata de ir reflexionando. Ya está bien de reflexión, las cosas están tan claras que ya es hora de poner las cartas sobre la mesa y decir quién y porqué se opone a plantemaientos tan viables, transparentes y racionales como los defendidos repetidamente en este blog y en otros muchos foros por otras muchas personas e instituciones sensatas.
¿Qué hay detrás de la nefanda obcecación contraria a facilitar a los ciudadanos de este país el aprendizaje de idiomas extranjeros en condiciones racionales de equidad y profesionalidad comparables a las de otras instituciones nacionales y extranjeras públicas y privadas?
(CSI-CSIF) Debate profesional nº 186. Enero de 2009
ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS
CSI-CSIF exige el carácter de norma básica para la modificación del R.D. de Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial así como la correcta implantación de los niveles C1 y C2 en las Escuelas Oficiales de Idiomas
Cuando el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte (MEPSyD) se compromete a revisar el Real Decreto 1629/2006 por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial para responder a una demanda unánime del profesorado de Escuelas deIdiomas, recibimos la noticia con satisfacción. Esperábamos que, ese Real Decreto que tantos quebraderos de cabeza ha ocasionado, fuera corregido para tratar de adaptar las enseñanzas de Idiomas a la LOE, así como a nivel europeo.
Cuanto mayor será nuestra decepción cuando observamos que se ha hecho caso omiso tanto a las continuas exigencias de CSI-CSIF Enseñanza como a las propuestas que de distintos ámbitos del profesorado de idiomas nos han llegado. Al contrario, el MEPSyD presenta un borrador que, no sólo no encuadra los niveles superiores del Marco Común Europeo de Referencia (MCER) en el nivel avanzado, según se lleva pidiendo desde hace varios años, sino que además no hace referencia explícita a las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Para que el Real Decreto sea coherente con la LOE deberíamos partir de dicha ley que, en su artículo 59.1 organiza la enseñanza de idiomas en los niveles básico, intermedio y avanzado. Estos niveles a su vez se tienen que corresponder con los del MCER denominados A1, A2, B1, B2, C1 y C2. La equivalencia que resulta de aquí no es nada complicada: Nivel Básico A1 y A2, Nivel Intermedio B1 y B2, Nivel Avanzado C1 y C2, tal y como se ha establecido para el Instituto Cervantes, organización que otorga sus diplomas en nombre del MEPSyD. Como vemos el Ministerio en este caso ya tiene un ejemplo al que puede recurrir. Pero no es sólo aquí donde se han establecido dichos niveles sino que se ha hecho de la misma forma en las demás instituciones europeas que forman parte de la Asociación Europea de Organismos Certificadores de la Competencia Lingüística (ALTE, siglas en inglés). ALTE es el organismo que ha colaborado activamente con el Consejo de Europa en la redacción de las directrices en materia de evaluación y que, además del MCER, debería servir también como referente para el desarrollo de los diferentes niveles en las EEOOII.
Por tanto, el mencionado borrador no es aceptable por varias razones:
• No sitúa los niveles C1 y C2 en el nivel avanzado que describe la LOE, con lo cual queda fuera del marco que
presenta ésta para la enseñanza de idiomas.
• No hace mención específica a las Escuelas Oficiales de Idiomas, ni en lo referente a las características y la
organización de los niveles ni en lo que atañe a loscertificados correspondientes.
• No tiene carácter de norma básica, lo que implica que la norma será desarrollada y, por consiguiente, modificada
en las CCAA, a excepción de Ceuta y Melilla. Así surge la necesidad de modificar el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, para adaptar los niveles según lo especificado. Estamos seguros de que no sería tan difícil modificar o derogar un Real Decreto que desde el principio ha generado tanto malestar en toda la comunidad educativa.
Desde CSI-CSIF Enseñanza exigimos que se establezca la equivalencia del Certificado de Aptitud con el nivel C. Nos parece vergonzoso que se haya devaluado el antiguo certificado equiparándolo a un nivel B2, tal como se hace en el anexo III de dicho Real Decreto. A pesar de que no existía una concordancia oficial entre el Certificado de Aptitud y el nivel C, hay sobrados motivos para afirmar que dicha equivalencia se podría establecer de ese modo.
Por todo lo expuesto, CSI-CSIF Enseñanza exige:
• la modificación el Real Decreto 1629/2006
• el desarrollo del nuevo Real Decreto con carácter denorma básica.
• la definición los niveles C1 y C2 como nivel avanzado ajustando de esta forma la enseñanza de idiomas de las EEOOII a las especificaciones del articulo 59.1 de la LOE.
• la corrección de las equivalencias especificadas en el anexo III del RD 1629.
Empezamos 2009 y, casi al borde de la (des)celebración del primer año de vida de este blog que nació para la queja y el debate, seguimos haciéndonos casi las mismas preguntas. Por eso las llamamos "FAQ":
1. ¿Qué está haciendo el Ministerio de Educación y Otros Menesteres con la "recomendación" del Consejo Escolar del Estado para que el parche del RD de Niveles C sea considerado NORMA BÁSICA, esto es, de obligado cumplimiento en el Estado Español?
2. ¿Qué está haciendo la Autoridad Educativa (ampliamente entendida) con el clamor por/para la reforma del mentiroso y truculento RD 1629?
3. ¿Seguirá la misma Autoridad Educativa (ampliamente entendida) engañando a la población en general con eso del Nivel Avanzado tipo B2 del MCER?
4. ¿Seguirán los del Ministerio de Educación y Otros Menesteres yéndose a dormir tranquilos sabiendo que el desordenado desbarajuste del RD 1629 sigue vigente?
5. ¿Podemos esperar que el 2009 traiga seso y luces a los que nos "ordenan"? ¿Podemos esperar que a la luz de la experiencia reconsideren lo andado, lo desanden y honradamente lo reformen?
6. ¿Qué pasa en la Comunidad de Madrid que antes de aprobar los correspondientes presupuestos anuncia 80 plazas para profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas para el año 2010?
7. Puestos a preguntar: ¿Qué pasa con los indignados profesores y alumnos de Escuelas Oficiales de Idiomas? ¿Es que acáso un lamentable y timorato ante-borrador de parche de currículo de Niveles C los ha desmovilizado, les ha tapado la boca y nublado el seso?¿Y si aprobaran eso, se darían por satisfechos?
Desde aquí seguiremos insistiendo, o no seremos, que lo que necesitan las Escuelas Oficiales de Idiomas es lo que tenían, NI MÁS NI MENOS, SÓLO QUE mejor engarzado en Europa.
QUEREMOS SEGUIR ENSEÑANDO IDIOMAS EN LOS NIVELES ELEMENTAL (O BÁSICO), INTERMEDIO (O MEDIO) Y AVANZADO (O SUPERIOR). ¿No es tan difícil de entender, coño! Los adjetivos nos importan menos que la mentira.
No queremos más tejidos y destejidos, más dudas, presiones, pasillos, intereses bastardos y conspiraciones de arácnidos oportunistas de la des-educación.
Queremos seguir enseñando idiomas a adultos en España, y eso lo queremos aunque nos cueste 10 años, Penélope.
Colgamos de este tablón un escrito de la Asociación de profesores de EOI de Murcia porque creemos merece una amplia reflexión. Os rogamos leáis con especial atención el punto 2 del mismo:
Microsoft Word - Propuestas modificadas.doc
"La Asociación de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas de la Región de Murcia, reunida en asamblea el día 24 de octubre de 2008, acordó, por unanimidad, trasladar las siguientes consideraciones al Consejo Escolar del Estado:
1. Solicitamos la modificación del borrador del RD por el que se fijan los niveles C1 y C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. Debe ser norma básica al igual que lo es el RD 1629/2006.
2. Reivindicamos la certificación de los niveles C1 y C2, siendo plenamente conscientes de que alcanzar dichos niveles de competencia requiere un número muy considerable de horas de enseñanza-aprendizaje y requiere también combinar obligatoriamente esa docencia con muchas más horas de contacto directo con el idioma; por ello debemos mostrar nuestro malestar por el hecho de que instituciones públicas, semi-públicas y privadas (Instituto Cervantes, Alliance française, University of Cambridge Local Examinations Syndicate, etc.) certifiquen estos niveles sin que sea en todos los casos constatable la equivalencia. En la actualidad, son muchas las Universidades de este Estado que han comenzado a ofertar cursos correspondientes a esos niveles y expedir los cerificados oportunos, sin que se ofrezca ninguna prueba empírica de que estos certificados se corresponden al nivel descrito en el MCER, conforme recomienda el propio Consejo de Europa y para lo cual provee directrices y procedimientos. Pedimos, por todo ello, que el Ministerio de Educación, Política Social y Deportes asuma la responsabilidad que le corresponde en esta materia y determine las condiciones y requisitos que deban satisfacer todos los centros de enseñanza adscritos al sistema educativo español, tanto de nivel universitario como no universitario, para impartir enseñanza en los niveles C1 y C2 y expedir certificados oficiales vinculados a estos niveles de competencia.
3. Las Escuelas Oficiales de Idiomas no pueden ni deben quedarse al margen de la enseñanza y certificación de estos niveles. Como entidad, estos centros demuestran seriedad y coherencia, pero no deben demostrar ingenuidad. No queremos rebajar niveles sino, en todo caso, incrementarlos y asegurar las condiciones adecuadas para un plan de estudios viable.
En Murcia, a 24 de octubre de 2008"
A la vista de escritos como este creemos que se impone una reflexión:
1º Los niveles A, B y C , lo dice el propio Marco, no son más que la transposición al currículo Europeo de la tradicional división de la enseñanza de idiomas en los niveles elemental, intermedio y avanzado. Lo dice el Marco, ya está dicho en este foro y lo sabe todo el mundo. Eso creíamos.
Lo que se dice en el MCER respecto del nivel de competencia terminal es lo que decía, con otras palabras, el antiguo RD de contenidos mínimos de las enseñanzas de EEOOII.
2º Todo "el mercado" se equivoca por ofertar la enseñanza y "certificados o diplomas" del "estratosférico" nivel C. ¿No seréis vosotros los que os equivocáis con esa censura urbi et orbe a todo el mundo, oficial y no oficial, público y privado, de la enseñanza de idiomas?
3º ¿Por qué nuestros queridos colegas murcianos quieren instar al Ministerio de Educación para que éste se dedique ahora a repartir bulas, sinecuras y prebendas para la impartición del sacramento C? ¿No les causa pavor la incompetencia ministerial a la hora de "ordenar" currículos e instituciones educativas?¿No hemos sufrido suficientemente esa incompetencia?
4º ¿Por qué nuestros colegas murcianos censuran a instituciones y organismos como el Instituto Cervantes, la Alliance française, y el University of Cambridge Local Examinations Syndicate, etc cuando hacen lo que llevan tanto tiempo haciendo y han demostrado saber hacer?
EN FIN, seamos un poquito más humildes y entendamos bien el significado, uso, funciones además del lenguaje de documentos como los que se citan. Seamos menos papistas que el papa a la hora de valorar concetos como niveles, objetivos, criterios de evaluación, etc.
Entendamos que todos los currículos establecen objetivos "maximalistas" y, al mismo tiempo, toleran un porcentaje alto de errores (¿40 ó 50%?) a la hora de evaluar las pruebas que dan acceso a la certificación,...
¿Cuál sería la motivación de un auténtico alumno de C1 para matricularse en años de ortodoxa preparación al C2?
Es, cuando menos, arrogante dar por sentado que todos los demás se equivocan. ¿Por qué?
Sabemos que el Consejo Escolar del Estado -organismo consultivo- votó con éxito que la norma tuviera carácter de norma básica: de obligado cumplimiento y desarrollo en cada una de las CCAA del territorio nacional.
Sabemos que al Consejo Escolar del Estado se le preguntaba por ese borrador de Real Decreto y no por el desaguisado del RD1629. Muchos de los que se sientan en esa mesa no pudieron informar de ese desordenado desaguisado desorganizativo. Y al Ministerio tampoco le gusta que le lean la cartilla por errores tan lamentables (a la par que evitables).
Sabemos -porque los vemos cada día en el aula- que muchos usuarios del servicio público de enseñanza de idiomas a adultos están muy desilusionados e indignados por lo que se les ha hecho: esto es, endosarles la mentira del Nivel Avanzado I y II.
Sabemos que muchos profesores, desde la desilusión, empiezan a sospechar que el nuevo currículo (RD 1629) suena más a jugada a medio plazo para quitarse de enmedio gran parte del servicio de EEOOII. ¿Los medios? Liberalizar el Nivel Básico, el tiempo dirá lo demás de los Niveles Intermedio (B1) y Avanzado (B2) para muchas de las lenguas que se imparten en las EEOOII de España.
Lo que no sabemos es lo que el Ministerio de Educación y demás autoridades educativas, Consejerías de Educación, han hecho o piensan hacer de la protesta de todos los que participamos de este servicio.
Somos muchos para que se nos ignore. Lo que pedimos es absolutamente razonable y defendible en cualquier foro o mesa. Sólo pedimos que se nos escuche. Es un insulto a la democracia que en este país se siga legislando a espaldas de la gente, como hacía aquél gallego de infausta memoria.
Son muchos años de venir peleando primero porque nos conozcan y luego porque nos olviden, si la notoriedad trae consigo la degradación de un servicio público por cuya calidad peleamos.
Déjennos hacer las cosas bien.
Atención Médica a los docentes
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[image: Una sala médica en pleno instituto]
ABC
Sala de atención médica a los docentes instalada en la sala de profesores
del I.E.S. Camas
Los profesores...
Inaugurada página web de los alumnos
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La Asociación de Alumnos de Escuelas Oficiales de Idiomas de Madrid
(AAEOIM), fundada en julio de 2009, inaugura su nueva página web. Ahí
encontraréis orde...